miércoles, enero 07, 2015

CUBA-EE.UU. - COLETILLAS DE UN LARGO PROCESO (III)

Algunos sujetos de derecho y observadores de los anuncios del 17 de diciembre de 2014 dentro de la Isla, a ambos lados del Estrecho de la Florida, desde las costas de Caribe y más allá de los dos océanos han vuelto a errar, quizás por entender que moderar el lenguaje en tiempos de diálogo es vaciar el sentido de las palabras.
Así, no son pocos los que desde los medios internacionales, regionales (incluso la querida y militante Telesur) y hasta en la televisión cubana han cambiado la palabra “bloqueo” por “embargo”. Así como fallecimiento no es asesinato, no puede asumirse como embargo la guerra económica, comercial y financiera codificada desde el memorando de Mallory (1960: rendir por hambre, enfermedades y desesperación al pueblo de Cuba, ¿se acuerdan?) y la proclama de Kennedy de 1962 basada en el Acta de Comercio con el Enemigo, hasta las leyes Torricelly (1992) y Helms-Burton (1996), entre muchas otras regulaciones. Un embargo es una “declaración judicial por la que determinados bienes o derechos de contenido o valor económico quedan afectados o reservados para extinguir con ellos una obligación pecuniaria ya declarada o que, previsiblemente, se vaya a declarar en una sentencia futura”, según lo define la Teoría del Derecho. La conducta respetuosa, cortés y diplomática de Cuba no debe confundirse con despojar a las palabras de su sentido exacto. Nombrar al bloqueo por su nombre no es un capricho ideológico ni una manipulación semántica. Calificarlo de “embargo”, sí lo es, hasta en las traducciones.

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